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¿Cuándo prescribe un cerramiento ilegal?

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Suele ser bastante común ver que alguno de nuestros vecinos realiza algún cerramiento en su terraza o balcón sin autorización del resto de vecinos o de la administración. Por ello, en este artículo vamos a indicarte qué es un cerramiento ilegal, cuando prescribe un cerramiento ilegal en una comunidad, y qué condiciones debe cumplir para que sea legal.

¿Qué es un cerramiento ilegal?

Como el mismo nombre indica, un cerramiento ilegal consiste en un cerramiento de la edificación, generalmente suele ser en balcones y terrazas, que se efectúa sin autorización administrativa o del resto de propietarios de la comunidad de vecinos. Pero no solo sucede en balcones o terrazas, también puede suceder en otro tipo de circunstancias como por ejemplo cuando se divide un local comercial o un piso mediante un tabique que no está en los planos de la vivienda, etc.

¿Qué condiciones debe cumplir un cerramiento?

La forma correcta o legal de hacer un cerramiento viene recogida en el BOE, en el apartado de Ley de Propiedad Horizontal, particularmente en el artículo 10.3b. Según dicta este artículo, el propietario deberá seguir los siguientes pasos para realizar un cerramiento:

  • Solicitar las licencias administrativas necesarias al Ayuntamiento de su localidad.

     

  • Abonar las tasas correspondientes. Es importante que estos dos primeros trámites sean los primeros, pues hará más fácil poder seguir con el siguiente paso.

     

  • Pedir permiso a la comunidad de vecinos. Con las licencias administrativas ya aprobadas, será más fácil obtener la autorización del resto de propietarios, al poder comprobar que las autoridades permiten el cerramiento. Para que sea aprobada la autorización, deberá ser aprobada como mínimo por 3/5 partes de los propietarios.
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¿Cuándo prescribe un cerramiento ilegal?

El tiempo para que un cerramiento ilegal prescriba depende mucho del municipio y el tipo de obra realizada. El plazo suele rondar entre los cuatro y los diez años, siempre que se pueda demostrar con facturas cuándo se efectuó la instalación u obra.

Hay que tener particularmente cuidado si la obra afecta a la comunidad de vecinos, ya que en este caso, se podría reclamar hasta 30 años después de la realización de esta.

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