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¿Cuándo prescribe un cerramiento ilegal en una comunidad?

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Cuando se quiere realizar un cerramiento en una comunidad de vecinos, será necesario respetar los pasos que explicaremos en el siguiente punto del artículo. De lo contrario, la obra será considerada ilegal y nos podremos ver obligados a tener que derribar el cerramiento.

El tiempo para que prescriba dependerá del tipo de obra y del municipio. El plazo puede ir desde los cuatro años hasta los treinta.

Permisos necesarios para cerramientos en una comunidad

La manera perfecta para hacer un cerramiento legal viene reflejada en el BOE con la Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 10.3 b. Según este artículo, quien quiera efectuar un cerramiento deberá:

Solicitar las licencias administrativas correspondientes al Ayuntamiento y pagar las tasas que se nos reclamen.

Solicitar autorización en la comunidad de vecinos. Para que un cerramiento sea legal, deberá estar aprobado como mínimo 3/5 partes de los propietarios.

¿Cómo puedo denunciar un cerramiento ilegal en una comunidad?

Existen dos maneras de denunciar un cerramiento ilegal en una comunidad: 

  • Por infracción urbanística: si el cerramiento ilegal en la comunidad modifica la licencia de edificación, deberíamos ir al Ayuntamiento de nuestro municipio a interponer una denuncia.
  • Por vía judicial: se convoca una junta de vecinos en la que se votará demandar el cerramiento ilegal que ha incumplido las normas y, si se obtiene una mayoría suficiente, se podrá demandar judicialmente.
cerramientos de aluminio

¿Qué hacer para legalizar un cerramiento en una comunidad?

Por lo general, si el cerramiento es medianamente reciente y ha sido realizado en los últimos diez años, se deberá efectuar un proyecto para legalizarlo, el cual deberá estar firmado por un técnico, además de tener que solicitar la licencia de obras al Ayuntamiento.

Una vez obtenida la licencia de obras, procederemos a pagar las tasas e impuestos que correspondan y a acudir al Registro de la Propiedad para registrar el cerramiento en una comunidad.

Si han pasado más de 10 años desde que se realizó el cerramiento, no hará falta la licencia de obras, pero si el proyecto para legalizarlo y registrar la modificación.

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